SIA preparada para dar el gran paso en la verificación de la identidad de manera telemática
En SIA, en nuestro afán de estar a la vanguardia de la tecnología y de poder ofrecer la mayor variedad de servicios con la mejor calidad posible, llevamos tiempo evolucionando nuestra plataforma tecnológica de firma para dotarnos de la capacidad de realizar un registro remoto mediante video-identificación. A nivel técnico, esta funcionalidad ya se encuentra completamente operativa. Sólo queda el último paso para poder tener la aprobación oficial del servicio y ofrecer en breve firma cualificada con registro telemático: el proceso de auditoría de conformidad y remisión al organismo supervisor, la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
Este importante paso en nuestra oferta de firma cualificada responde a la reciente publicación de la Orden Ministerial ETD/465/2021 que determina específicamente los requisitos que debe cumplir el proceso de verificación de la identidad de manera telemática.
La publicación del Reglamento eIDAS 910/2014 supuso una profunda evolución en el sector de la identificación electrónica y la prestación de servicios de confianza, y ha sido, durante estos años, un gran facilitador de la transformación digital de las organizaciones. Ha permitido ofrecer servicios a través de canales telemáticos, sustituyendo la firma presencial en papel por procesos de firma electrónica mucho más sencillos para el usuario que los que existían tradicionalmente y con mayores garantías de seguridad jurídica.
En este sentido, la firma centralizada se ha convertido durante estos años en el mecanismo elegido por muchas organizaciones para solventar la firma electrónica avanzada/cualificada utilizando certificados digitales, que aporta multitud de ventajas en cuanto a la simplicidad de uso por parte del firmante, frente a las soluciones tradicionales basadas en tarjetas o certificados en software.
La posibilidad de realizar firma cualificada, que es la que ofrece mayores garantías de seguridad jurídica al invertirse la carga de la prueba, no era factible en todos los casos de uso, ya que requiere de la verificación fehaciente de la identidad con carácter previo a la emisión del certificado. Esto suponía, en la mayoría de las situaciones, que el usuario tuviera que desplazarse a algún punto de verificación de la identidad para que un oficial de registro llevara a cabo dicha labor.
Para resolver este problema, el Reglamento eIDAS habilitó la posibilidad de realizar esta verificación de la identidad de manera telemática, siempre que se garantice una seguridad equivalente a la presencialidad; y dejaba a cada país estado miembro la regulación específica para garantizar dicha equivalencia. El marco legal en España se ha ido adaptando, primero con la aprobación de la Ley 6/2020 reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, que sustituye a la antigua ley de firma, y, ahora, con su complemento en la mencionada Orden Ministerial ETD/465/2021.
Con la aprobación y puesta en marcha de este servicio, SIA conseguirá derribar la última barrera para la adopción de la firma electrónica cualificada; los usuarios podrán realizar cualquier trámite con una experiencia completamente telemática y con total cobertura legal; incluyendo el registro, la emisión del certificado cualificado y la propia firma, sin ningún requisito tecnológico previo, utilizando cualquier dispositivo y desde cualquier ubicación. Un paso de gigante que dinamizará aún más la relación con los usuarios a la hora de obtener su firma electrónica de la manera más sencilla y con la mayor seguridad posible tanto técnica como jurídicamente.
Para más información, contacta con nosotros en siainfo@sia.es
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Indra es una de las principales compañías globales de tecnología y consultoría: el socio tecnológico para las operaciones clave de los negocios de clientes en todo el mundo.
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